Después de más de 40 años de espera, la Cuarta Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada emitió hoy una sentencia histórica, condenando a uno de los responsables de la desaparición y asesinato de más de 70 personas en Huanta, Ayacucho, en 1984. Este fallo marca un hito en la lucha por la justicia y los derechos humanos en Perú, especialmente para las familias de las víctimas de Culluchaca, quienes han esperado décadas para obtener verdad y reparación.
Entre los casos más emblemáticos se encuentra, la desaparición forzada del Suboficial del Ejército, Rigoberto Tenorio Roca y la exhumación de los cuerpos de 17 pobladores de Culluchaca, cuyos restos fueron identificados mediante pruebas de ADN, inhumados en el cementerio de Huanta y finalmente restituidos a sus familias. Las víctimas, entre las que se incluyen José Mancilla Vargas, Agapito Cabezas Rojas, Alejandro Quispe Escola, Víctor Huamán Ñaupa, Silvestre Quispe Gonzales, y otros, representan un símbolo de la persistencia de las familias en su búsqueda de justicia.
Este proceso no hubiera sido posible sin la tenaz lucha de los familiares de las víctimas de Huanta y Culluchaca, quienes lograron la reapertura de los casos y desvelaron la complicidad de altos mandos militares. Entre ellos, destaca la responsabilidad de Alberto Rivera Valdeavellano, quien fue jefe político militar del área de seguridad nacional de Huanta en 1984 y ha sido condenado a 18 años de prisión por homicidio calificado y desaparición forzada, además de imponerle una inhabilitación de 5 años y una reparación integral en favor de las víctimas; tras haberse acreditado su participación directa en estos crímenes.
En cuanto a Augusto Gabilondo García del Barco, ha sido declarado reo contumaz, reservándose su situación judicial y se dispuso que continúe su proceso de extradición. Además, la sala, en cumplimiento de su obligación de garantizar los derechos humanos conforme a la Constitución y a los tratados internacionales que forman parte del ordenamiento jurídico peruano, ha decidido inaplicar la ley de impunidad solicitada por García del Barco. Mediante el ejercicio del control difuso y convencional, la sala ha reafirmado que el Estado peruano está obligado a investigar y sancionar graves violaciones a los derechos humanos, estableciendo así que ninguna ley puede ser utilizada para evadir la responsabilidad en casos de desapariciones forzadas y crímenes de lesa humanidad.
APRODEH, quienes representaron legalmente a Rigoberto Tenorio y las víctimas de Culluchaca – Huanta, reafirmamos nuestro compromiso de seguir impulsando que la condena sea confirmada por la Corte Suprema, que se cumplan las reparaciones integrales y se logre la extradición de Augusto Gabilondo García, asegurando justicia plena para todos los afectados.