- A dos años de histórica sentencia, víctimas exigen una decisión definitiva.
Tras la audiencia del 11 de agosto, la Corte Suprema debe resolver los recursos de nulidad contra la condena a diez militares por violencia sexual. Las mujeres de Manta piden que la sentencia quede firme con penas entre 6 y 12 años y que se mantenga la calificación de lesa humanidad. Dos sobrevivientes murieron durante el proceso sin ver una decisión final.
Las mujeres de Manta, en Huancavelica, esperan el fallo de la Corte Suprema tras la reciente audiencia del 11 de agosto que evaluó los recursos de nulidad contra la sentencia que condenó a diez militares por violaciones sexuales durante el conflicto armado interno.
La audiencia se da en un contexto en el que los condenados buscan revertir el fallo y cuestionan la calificación de los hechos como crímenes de lesa humanidad, mientras el Congreso ha aprobado normas que podrían restringir la persecución de graves violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto.
Entre estas medidas se incluyen intentos de limitar la aplicación de la categoría de lesa humanidad a hechos anteriores a 2002, favorecer la prescripción y ampliar la intervención del fuero militar en determinados casos.
“Nosotras hemos ganado el juicio y queremos que los jueces lo confirmen. Los condenados nos siguen calumniando. Quieren que crean que hemos sido sus enamoradas, cuando ellos nos han violado. Yo soy un testimonio de la verdad de lo que ha sucedido. Esas épocas éramos niñas y adolescentes, no había ni dónde denunciar. Quiero que los jueces validen la violencia que hemos sufrido”, señaló Teresa, una de las agraviadas.
“Somos conscientes de las amenazas de impunidad que enfrenta el caso y de las posibles sanciones contra los magistrados que inapliquen estas leyes. Esperamos que estas ofensivas no dobleguen la justicia por la que las mujeres han luchado durante casi veinte años. La Corte Suprema debe dejar firme la condena por violaciones sexuales y mantener su calificación como crímenes de lesa humanidad. Dos sobrevivientes murieron sin alcanzar una sentencia firme; esa demora no puede terminar beneficiando a los condenados”, señaló Cynthia Silva, abogada de las agraviadas.
Las mujeres declararon en dos juicios orales y han sostenido sus testimonios durante casi veinte años. Varias eran niñas o adolescentes cuando ocurrieron los hechos. Dos de las nueve sobrevivientes fallecieron antes de ver una sentencia firme.
EL CONSENTIMIENTO NO PUEDE ANALIZARSE SIN EL CONTEXTO
Durante la revisión del caso, las defensas han vuelto a cuestionar los testimonios y a alegar supuestas relaciones con los militares.
Frente a argumentos de defensa de los condenados, la abogada de las agraviadas Cynthia Silva enfatizó: “Aceptar la violencia después de sufrirla o presenciarla es mecanismo de supervivencia, no consentimiento”.
Durante el conflicto armado interno, Manta estaba bajo control militar, y las fuerzas armadas ejercían autoridad sobre la población civil. En ese contexto, las mujeres han sostenido que las agresiones ocurrieron en un entorno de poder y sometimiento.
LA SUPREMA DEBE MANTENER LA CALIFICACIÓN DE LESA HUMANIDAD
La sentencia de 2024 no creó delitos retroactivos, sino que aplicó el derecho penal vigente a los hechos y los calificó como crímenes de lesa humanidad por su contexto y gravedad.
Mantener esta calificación es clave para la imprescriptibilidad del caso y para el reconocimiento del derecho a la verdad.
Eliminarla implicaría pretender que los hechos ocurrieron como agresiones aisladas y no como parte de una práctica extendida conocida y permitida por el Ejército.
UNA DECISIÓN EN UN CONTEXTO DE RIESGO DE IMPUNIDAD
Las víctimas esperan que la Corte Suprema confirme las condenas impuestas a los diez militares y cierre definitivamente cualquier intento de revertir la sentencia. Y solicitan que la reparación civil sea adecuada a la magnitud del daño sufrido, de modo que refleje no solo las violencias sexuales padecidas, sino también los impactos
La sentencia fue emitida el 19 de junio de 2024, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos, y constituye un precedente en el reconocimiento de la violencia sexual en el conflicto armado interno.
