La Federación Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar del Perú – FENTTRAHOP informa que en cumplimiento de la Ley 31047, mediante la Resolución Directoral General Nº 0001-2021-MTPE/2/15, el Ministerio de Trabajo publicó los modelos de contrato para las trabajadoras del hogar.
Ante ello, las trabajadoras manifiestan lo siguiente:
- Fruto de la lucha de las trabajadoras del hogar, hoy tenemos modelos de contrato que reconocen nuestros derechos. Como se recordará, gracias a la organización y lucha de las trabajadoras del hogar, el 1 de octubre de 2020 se promulgó la Ley 31047, Ley de trabajadoras y trabajadores del hogar. Desde ese momento la FENTTRAHOP ha estado luchando e insistiendo por que se establezcan medidas para su cumplimiento, tales como un modelo de contrato acorde con los derechos reconocidos en la Ley 31047 y el Convenio 189 de la OIT.
- Los modelos de contratos reconocen nuestros derechos laborales. El modelo reconoce la jornada de ocho horas, el pago de horas extras, la remuneración no menor al sueldo mínimo, el descanso semanal, las vacaciones, los beneficios sociales, la seguridad social entre otros derechos. En el contrato debe constar los datos tanto de la persona trabajadora del hogar como de la persona empleadora. En el contrato se señala la fecha de inicio de labores, que puede ser anterior a la fecha del contrato, en reconocimiento al tiempo laborado anteriormente.
- Son tres modelos de contrato según la modalidad, ya no hay excusas para no formalizarse. Todos los empleadores y trabajadoras del hogar pueden descargarlo y llenarlo juntos para formalizarse. Los tres modelos son: para tiempo completo con residencia, tiempo completo sin residencia y tiempo parcial sin residencia.
- La publicación del modelo de contrato marca un hito en el proceso histórico para la formalización. El contrato escrito es importantísimo pues beneficia a ambas partes, tanto a la persona trabajadora como a la persona empleadora, pues coloca las reglas claras, de cuáles son nuestros deberes. Para las trabajadoras del hogar esta es nuestra herramienta tan esperada para hacer respetar nuestros derechos y reclamar en caso de incumplimiento.
- La norma indica que el empleador debe brindar un ejemplar del contrato a la trabajadora del hogar y que dentro de los tres días hábiles debe registrar el contrato en el aplicativo web del Ministerio de Trabajo. Podrán obtener mayor información en los canales del Ministerio de Trabajo, así como obtener orientación en las redes de la FENTTRAHOP.
- Como Federación solicitamos al Ministerio de Trabajo y a las autoridades locales a implementar una campaña de difusión y actividades de orientación dirigidas a las trabajadoras del hogar y a sus empleadores, como medida para garantizar los derechos laborales y promover la formalización.
- Llamamos a los empleadores y empleadoras conscientes que valoran y reconocen nuestro trabajo, en especial a las autoridades y figuras públicas, a sumarse a la formalización, a publicar en sus redes sociales para que con su ejemplo se sumen más. Así también los invitamos a participar de la campaña por la formalización subiendo sus fotos con el #ContratoParaTrabajadorasDelHogar
Conoce más sobre los modelos de contrato
Link de El Peruano: Aprueban los modelos referenciales de contrato de trabajo del hogar y el formato referencial de boleta de pago.
Link de aplicativo: Registro de contrato de trabajadoras del hogar.
Tipos de modelo de contrato
- Modelo de contrato tiempo completo con residencia
- Modelo de contrato tiempo completo sin residencia, y
- Modelo de contrato tiempo parcial sin residencia.
Datos que incluye el nuevo contrato
- Datos y profesión de la trabajadora y empleador: nombre, documento de identidad,
dirección, estado civil, correo electrónico.
- Fecha de inicio de la relación laboral y en caso de ser temporal fecha de fin de contrato.
¿Qué indican las cláusulas?
- La clausula primera y segunda refiere al detalle de actividades a realizar por la trabajadora
- La cláusula tercera: Indicación de la remuneración, que no debe ser menor a la RMV en caso
sea jornada completa. - La cláusula cuarta: Hace indicación de la jornada laboral, el reconocimiento del pago de
horas extra, las cuales son voluntarias. Indica el derecho a descanso diario y semanal.
Además señala el derecho a vacaciones, gratificaciones, CTS y el descanso pre y posnatal
cuando corresponda. - La cláusula quinta: Indica las obligaciones del empleador de proveer las condiciones de
trabajo según sea el caso con o sin residencia de: un adecuado alojamiento y la alimentación
con un tiempo de refrigerio no menor a los 45minutos. - La cláusula sexta: desarrolla la obligación del empleador de proveer las herramientas de
trabajo y adecuadas medidas de seguridad y salud en el trabajo. - La cláusula sétima desarrolla el derecho a pensión y acceso a seguro de salud.
- La cláusula octava indica el nivel de estudios de la trabajadora, y las facilidades que el
empleador brindará en caso este cursando estudios. - La cláusula novena establece que el contrato se firma y se entrega una copia a la
trabajadora, además de q el empleador debe registrar el contrato en el aplicativo del MTPE
en un plazo de 3 días. - Para el contrato a tiempo parcial sin residencia, algunas cláusulas cambian en su ubicación,
además se incorpora el detalle de los días que se va a trabajar, así como la forma de saber el
tiempo promedio laborado a la semana.