El último informe de la Defensoría del Pueblo titulado “Estado de Emergencia Sanitaria: Supervisión a hospitales de Lima y Callao sobre los servicios de atención de la salud materna”, señala que en 21 establecimientos de salud de Lima y Callao se han presentado dificultades para atender a mujeres gestantes o en temas de planificación familiar, lo que constituye una falta de garantías a los derechos sexuales y reproductivos de la población femenina, sobre todo en circunstancias en donde se hace más difícil acceder a atención de salud rápida y eficaz por el contexto de pandemia en el que estamos actualmente.
En el recojo de información realizado por la Defensoría a estos centros de salud, han encontrado que las medidas adoptadas para frenar la propagación del coronavirus han afectado los derechos de las mujeres en lo correspondiente a su salud sexual y reproductiva.
“En el caso de las mujeres gestantes, la falta de atención de los controles prenatales, así como la restricción a los exámenes requeridos en las diferentes etapas de la gravidez, las priva de vivir esta etapa como una experiencia positiva, dificultando la previsión de cualquier complicación durante el embarazo y/o parto.
La falta de controles y exámenes expone a las gestantes a situaciones de riesgo que pueden afectar sus derechos a la vida y a la salud, aumentando el riesgo de incrementar los índices de mortalidad materna en nuestro país.
En el caso de los servicios de planificación familiar, la falta de provisión e información por parte del Estado coloca a las mujeres en riesgo de un embarazo no deseado o no planificado. Esto a su vez, afecta principalmente a las mujeres más vulnerables, ya sea por encontrarse en una zona rural o por factores económicos, educativos o similares que las impiden a acceder a la información y los métodos anticonceptivos que deseen de manera privada.
El riesgo de embarazos no deseados o no planificados no es el único factor de riesgo frente a la restricción en los servicios de planificación familiar. El contagio de infecciones por transmisión sexual es otra situación de riesgo que se incrementa ante la falta de estos servicios”.
El informe también lamenta el fallecimiento de cuatro mujeres gestantes y un bebé en Lambayeque, La Libertad, San Martín y Loreto a causa del coronavirus.
Los problemas que presentan estos establecimientos son los siguientes:
- Ausencia de lineamientos o protocolos de atención.
- Triaje y utilización de pruebas de tamizaje de forma general sin considerar gestantes asintomáticas.
- Restricción de los servicios de planificación familiar.
- Ausencia de difusión de la reorganización en la atención, particularmente en los controles prenatales
Por ello, la Defensoría recomienda al Ministerio de Salud
1. Incluir en la regulación del tratamiento de gestantes en el marco de
la pandemia de la COVID 19, lo siguiente:
- Determinar los hospitales especializados de atención en maternidad,
particularmente en las regiones con alta incidencia de la COVID 19. - Contar con adecuados sistemas de referencias y traslados para las
gestantes próximas a la fecha de parto, a fin de evitar que la mayoría de ellas acudan a los hospitales de mayor complejidad, lo que ocasionaría una demanda excesiva en la atención. Ello debe ser comunicado oportunamente a las usuarias. - Establecer triaje adecuado.
- Aplicar pruebas de detección de la COVID 19 a gestantes previas a
la atención, a fin de determinar si cuentan con dicha enfermedad,
considerando el alto número de pacientes asintomáticas, así como los
diferentes síntomas que presentan los afectados, los cuales abarcan
más que los síntomas respiratorios. - Garantizar que las mujeres en un contexto de cuarentena, en el que se
restrinja la libertad de tránsito, como el presente, puedan tener acceso
a los servicios de planificación familiar.
2. Establecer estrategias de difusión a la ciudadanía de la atención a gestantes, incluida la atención pre natal.
La difusión debe priorizar la determinación de los hospitales especializados de atención en maternidad, así como la forma en que se llevarán a cabo los controles pre natales. Se deberá incidir en los establecimientos de salud a los que la gestante deba acudir a fin de evitar aglomeraciones innecesarias, considerando la capacidad de estos y las nuevas disposiciones que establece la Directiva Sanitaria N° 094-2020-MINSA/DGIESP, como la recomendación de acudir sin acompañantes (niños o personas adultas mayores). Asimismo, se deberá difundir los signos de alarma en la gestación, a fin de descongestionar los hospitales de mayor nivel de complejidad.
Para ello, adicionalmente a las redes sociales de las entidades, a las
llamadas telefónicas, se podría evaluar la coordinación con medios de
comunicación de radio y televisión.
3. Establecer mecanismos periódicos de monitoreo de la ejecución de
las disposiciones emitidas en las Directivas N° 094 y 097-2020-MINSA/ DGIESP, a fin de verificar su cumplimiento, difusión o la necesidad de incorporar algún ajuste o adaptación a las mismas, tanto en lo concerniente a la atención a gestantes, como al cumplimiento de los servicios de planificación familiar.