Nuevamente Reniec demora la posibilidad de que exista un procedimiento administrativo para cambiar el nombre y el sexo de las personas trans e intersex, orillándolas a seguir la vía judicial que toma tiempo (años) y es costosa y penosa para la mayoría de esta comunidad, que vive en una situación estructural de pobreza, violencia y discriminación.

¿Por qué Reniec sigue tomando estas decisiones? Según sus portavoces, si no lo hacen se arriesgan a ser sancionados por inconducta funcional, pero en su mismo reglamento se señala que solo se debe apelar si la sentencia del Poder Judicial perjudica los intereses del Estado. ¿Afecta en alguna forma al Estado peruano que las y los ciudadanos peruanos trans e intersex sean reconocidos como lo que son y con los nombres y sexos con los que se identifican? No, de ninguna manera.

La sentencia del Tercer Juzgado Constitucional Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima, dada el 30 de julio, y en donde se reconocen los derechos de un obstetra intersexual, al que por error le asignaron el sexo femenino en su cédula de nacido vivo, cuando su cariotipo es masculino (XY), solo porque quien atendió a su madre le pareció (percibió) que externamente era mujer, al suponer que sus órganos sexuales externos eran femeninos, sin considerar las consecuencias que esto tendría pues el demandante tenía criptorquidea, es decir, sus testículos no se habían colocado correctamente aún en forma descendente. Esta situación configuraba un estado de cosas inconstitucional porque se afectaban una gran cantidad de derechos de no solo el demandante sino de toda la población intersexual, por lo que la sentencia reconoce esta situación argumenada en sus más de 50 páginas para que Reniec proceda rápidamente a establecer un procedimiento administrativo que permita que no se vuelvan a vulnerar los derechos de las personas LGTBIQ+.

Benito Portocarrero, jefe de Imagen institucional de Reniec declaró a la prensa que “la Procuraduría de Reniec, con todas las atribuciones, ha apelado esta decisión del juez. ¿Qué significa apelar? Que esto se va a elevar a otra instancia, puede ser a una Sala Superior de Lima que decidirá si lo que dice este juez se aplica o no se aplica. Administrativamente cambiemos los nombres o sexos de las personas trans, esto se hace actualmente vía judicial que, efectivamente, es largo y es oneroso. Hay procedimientos que obviamente no los decide el Reniec ni el Poder Judicial, sino los decide el Congreso que es el que da las leyes, entonces tendría que haber una ley que permita todo esto. Este tipo de sentencias claro que crean precedentes, son los síntomas de que nuestra sociedad ha cambiado, que está cambiando”.

De las instituciones estatales, Reniec es el principal obstáculo para que la comunidad LGTBIQ+ no pueda ejercer su ciudadanía. Lo que no quita que se necesiten leyes a favor de esta población.