La congresista Indira Huilca, del grupo parlamentario Nuevo Perú, solicitó al presidente de la República y la presidente del Poder Judicial que se revisen los casos en donde el magistrado César Hinostroza tuvo intervención debido a los evidentes casos de corrupción que fueron revelados por el equipo de investigación de IDL Reporteros.
Esta denuncia, sostiene la congresista, “ha permitido hacer de conocimiento público que el juez César Hinostroza Pariachi, presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, transaba telefónicamente sobre alternativas de reducción de condena o incluso absolución de una persona condenada por violencia sexual contra una niña”.
Por ello, ha solicitado la presidente del Poder Judicial, mediante Oficio No. 548 -2017-2018/IIHF-CR, “que se remita a mi despacho el listado de todas las causas de violación sexual y actos contra el pudor contra menores de edad que hayan estado bajo conocimiento de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema entre enero y junio del presente año, especificando en cada caso la edad de las víctimas al momento de comisión de los hechos, así como el sentido de lo resuelto por la Sala si se hubiera emitido ya pronunciamiento a la fecha”.
Asimismo, la congresista ha revisado los argumentos de varias de las sentencias que han sido emitidas por el juez supremo Hinostroza en casos de violencia sexual, evidenciando serios cuestionamientos a sus decisiones legales, en donde se favorecía a los violadores y se perjudicaba a las víctimas de la violencia sexual.
Algunos de los casos revisados por el despacho de la congresista son los siguientes:
Caso |
Fecha de la resolución |
Sentido de la resolución |
R.N. 2910-2015-Huánuco | 6 de febrero de 2017 | Se anuló la condena de 14 años de prisión impuesta al violador de la adolescente S.V.R. (15 años) y se ordenó su inmediata liberación. La razón fue el cambio de declaración de la agraviada. |
R.N. 2598-2018-Lima Este | 16 de febrero de 2017 | Se confirmó la condena de 30 años de prisión impuesta al violador de una niña de 4 años. Aunque la pena prevista es de cadena perpetua, se señaló que la pena era adecuada porque “solo hubo acceso carnal vía bucal, no habiéndose causado lesiones o daños a los genitales de la víctima” (fundamento 20). |
R.N. 537-2015-Madre de Dios | 20 de febrero de 2017 | Se confirmó la condena de 30 años de prisión impuesta al padre violador de una niña desde los 12 hasta los 16 años, que terminó con embarazo producto de la violencia incestuosa, lo que se corroboró por prueba de ADN. Aunque la pena prevista es de hasta 35 años de prisión y en el caso no hay atenuantes (fundamento 11) se confirmó la pena de 30 años y 3 mil soles de reparación. |
R.N. 1229-2015-Junín | 24 de febrero de 2017 | Se anuló la condena de 15 años de prisión impuesta al tío violador de la niña J.N.A.C. (10 años) y se ordenó una condena de 30 años de prisión. La pena prevista para estos casos es de cadena perpetua, pero la sentencia sostiene que “la pena indeterminada allí prescrita no se ajusta al principio de proporcionalidad concreta y colisiona con el principio constitucional de reincorporación del penado a la sociedad” (fundamento 11). |
R.N. 2583-2015-Callao | 27 de febrero de 2017 | Se anuló la condena de cadena perpetua impuesta al violador del niño C.A.S.O. (5 años) y se ordenó una condena de solo 35 años de prisión. La pena prevista para estos casos es de cadena perpetua. |
R.N. 3039-2015-Puno | 28 de febrero de 2017 | Se confirmó la condena de 18 años y 6 meses de prisión impuesta al padrastro violador de la niña B.S.M. desde que ella tenía 8 años hasta los 13 años. La pena prevista para la violación de niñas/os menores de 10 años es de cadena perpetua, pero se tomó como referencia las penas para violaciones de niñas/os entre 10 y 14 años de edad. |
R.N. 3065-2015-Ancash | 3 de marzo de 2017 | Se confirmó la condena impuesta de cadena perpetua y tres mil soles de reparación civil al padrastro violador de la niña P.C.M.F desde que ella tenía 11 años. |