En diciembre del 2018, una vecina de Patricia Dávila Huamán (44) se acercó a las oficinas del Ministerio de la Mujer de Madre de Dios con un video en las manos, en este la mujer probaba las violencias a las que estaba siendo sometida la mujer por parte de su familia. La vecina, preocupada por el bienestar de Patricia, fue primero a la Beneficencia Pública, y de ahí la derivaron al MIMP.
Al tomar conocimiento de estos hechos, personal del MIMP junto con miembros de la Comisaría de Familia de Tambopata se acercaron al hogar de Patricia, la encontraron viviendo en condiciones de insalubridad y con una avanzada artritis reumatoidea no atendida de forma debida, y la llevaron al Instituto de Medicina Legal de la Fiscalía.
Mientras se realizaba los exámenes, el abogado de Atención Urgente del MIMP, Willy Justo Aguilar, le solicitó al Fiscal de la 1ra Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata, Víctor Pocho López, que la víctima no retorne a su casa por la condición de vulnerabilidad en la que se encontraba, pero la Fiscalía decidió lo contrario: Patricia retornaría al lugar en donde la estaban matando de a pocos.
Ese mismo día se denunció al padre de Patricia, Willian Dávila Vargas, por violencia familiar en la modalidad de maltrato físico y psicológico, y el 4 de febrero, en la audiencia oral en el Juzgado de Familia, dos meses después de la presentación del video que certificaba claramente las condiciones en las que vivía Patricia, se dictaron una serie de medidas que, se suponía, protegerían a Patricia, a pesar de seguir viviendo en el mismo lugar en donde era maltratada y abandonada a su suerte.
La evaluación psicológica daba señales de que Patricia estaba muy afectada y que vivir con sus maltratadores la había afectado profundamente: “La usuaria evidencia indicadores de afectación psicológica, emocional, cognitiva conductual con expresiones de mucho temor por el deterioro de su estado de salud. Comenta que entra en llanto durante el día, en los periodos que se encuentra sola, desamparo, mucha tristeza, sentimiento de desprotección, impotencia, apetito y sueño disminuido”, diagnosticando un riesgo severo, pero nada de eso importó.
Las medidas de protección dictadas “a favor” de Patricia por el juez Juan Huamán Afán fueron las siguientes:
- que se enviara un psicólogo del Equipo Multidisciplinario del Poder Judicial (PJ) a su vivienda, pues esta no podía trasladarse debido a la artritis que la aquejaba (¿si hubiera estado sana ella sola se tendría que movilizar para recibir atención psicológica?),
- que representantes del Hospital Santa Rosa evaluaran su estado de salud (¿no fueron suficientes las heridas abiertas, la delgadez extrema, la desnutrición crónica, la mala atención de su enfermedad y la afectación psicológica?) y emitiera un informe para trasladarla a un lugar adecuado,
- que la asistente social del Poder Judicial realizara visitas inopinadas al domicilio (el 15 de febrero el personal del MIMP se acercó a la casa de Patricia y nadie los atendió),
- y que la Comisaría de Familia de Tambopata monitoree el caso.
¿A alguien realmente le importó la vida de Patricia que se estaba escapando por los filtros del Estado? Según la representante del MIMP, las buenas medidas de protección dadas por el juez no fueron notificadas a las partes, es decir, ni al psicólogo, ni al hospital, ni a la asistenta, ni a la comisaría, ni siquiera al agresor de Patricia, su propio padre, quien no se presentó a la audiencia en donde se leyeron estas medidas y quien debía pagar 300 soles por la manutención de Patricia y dejar de maltratarla por decreto, como si eso fuera posible de forma automática, como si Patricia no hubiera necesitado un cuidado especial, como si su vida no hubiera estado en peligro; pero todo siguió como siempre, Patricia era abandonada por el Estado una segunda vez, y esto la sentenció a muerte.
Ella falleció el 17 de marzo sobre la silla de plástico que le servía de cama producto de un shock séptico. El personal policial la encontró sucia y sin ropa interior. El Estado tuvo tres meses para salvarla, pero la dejaron morir, su otro asesino, su padre, fue sentenciado a tres años y nueve meses de pena suspendida por exposición de peligro a persona dependiente, se acogió al beneficio de terminación anticipada y está libre. La fiscal Teresa Corimanya Calsin, de la Segunda Fiscalía Penal Corporativa de Tambopata, quedó conforme. La vida de Patricia no valió nada.
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