Mano Alzada
Feminismos, Memoria

Caso Manta: Corte Suprema escuchará a defensas del juicio histórico por violencia sexual durante el CAI

Lima, julio de 2025. Ha pasado un año desde que, 10 exmilitares fueron condenados por violación sexual contra nueve mujeres campesinas en el distrito de Manta, en Huancavelica. La sentencia reconoce la violencia sexual como crimen de lesa humanidad en el contexto de conflicto armado interno, marcando un precedente histórico en el Perú y Sudamérica. Este jueves, la  Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema evaluará los recursos de nulidad presentados por la defensas de los condenados y el Ministerio de Defensa, quienes pretenden anular la condena, así como la Fiscalía y las agraviadas, quienes consideran insuficientes las penas impuestas de 6 a 12 años de prisión y la reparación civil.

Frente a este contexto, DEMUS – Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer alerta sobre los retrocesos pretendidos el Congreso y el Ejecutivo en la lucha por verdad, justicia y reparación con leyes, como ahora la Ley  de Amnistía, que busca exculpar a los responsables de graves violaciones contra los derechos humanos cometidos durante el conflicto armado interno (1980 – 2000). Sin embargo, en el caso Manta, la sentencia emitida el 19 de junio de 2024, evidencia que la violencia sexual fue utilizada de manera sistemática como parte de una política contrasubversiva discriminatoria por parte del Ejército.

Según la CVR, el 83% de los casos de violencia sexual fueron perpetrados por miembros de las Fuerzas Armadas. “Esta sentencia consideró probadas las violaciones sexuales en un contexto de discriminación y terrorismo de Estado sobre la base de los testimonios de las mujeres de Manta. Gracias a su persistencia y coherencia se logró corroborar elementos probatorios como son las pericias psicológicas, testimonios de expertas psicóloga y antropóloga, noticias y documentos de la época, como en otros casos ocurridos en el conflicto armado interno, como Ruanda, ex Yugoslavia y en casos de nuestra región como Sepur Zarco y Achí, en Guatemala”, señala Cynthia Silva, abogada de Demus.

Para Demus, la Ley de Amnistía recientemente aprobada por el Congreso es inconstitucional y no debe aplicarse por comprometer delitos que atentan contra la humanidad en su conjunto. Además, pese a estar probado, los militares niegan la violencia sexual a niñas y adolescentes campesinas, pobres y quechuhablantes entre 1984 y 1991 o su participación en estos hechos. La abogada de Demus también remarcó que “las mujeres de Manta han logrado esta sentencia histórica que las reivindica como constructoras de la memoria histórica y defensoras de los derechos humanos, trascendiendo el rol de víctimas. Con una participación activa, levantando la voz frente a la revictimización para que se alcance y ahora, se confirme, la justicia y el derecho a la verdad”, culminó Silva.

En un contexto de profunda crisis democrática y debilitamiento del Estado de Derecho, las mujeres de Manta y DEMUS hacen un llamado firme a la Corte Suprema, esperan que las juezas y jueces se mantengan como garantes de la justicia. Instan a que el Poder Judicial asuma su rol en el proceso de reparación integral de las víctimas de violencia sexual durante el conflicto armado. Esto implica confirmar las condenas, establecer sanciones proporcionales a la gravedad de los crímenes, y otorgar reparaciones civiles justas, a la altura del daño sufrido. Señalan también, que no se puede ignorar que los intentos de impunidad promovidos por el Congreso con respaldo del Ejecutivo, acciones que no solo niegan justicia, sino que también revictimizan a quienes han esperado más de cuatro décadas para ser escuchadas.

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