El Plan Nacional de Competitividad y Productividad fue aprobado por el Ejecutivo sin dialogar con los trabajadores.

Con una redacción ‘en difícil’, el PNCP amenaza al más valioso elemento dentro de la economía: el trabajador. Y sí, todo indica que solo favorece a los ‘dueños’, a los ‘grandes’. A continuación, unos alcances explicados casi con manzanitas.

El Decreto Supremo 237-2019-EF del Ministerio de Economía y Finanzas, promulgado el 26 de julio, dice en su “Medida de Política 5.1: Actualización del marco normativo laboral” lo siguiente: “En particular, se propone otorgar mayores contenidos al reglamento del Decreto Legislativo N° 728 Ley de Fomento de Empleo, en relación a una serie de aspectos tales como la determinación prorrateada mensual de beneficios laborales tras acuerdos con el empleador, la definición de la situación económica habilitante para la terminación colectiva de contratos de trabajo”.

El economista Pedro Francke lo explica a través de sus redes sociales. “Eso de la ‘determinación prorrateada de beneficios laborales’ es la forma rebuscada de decir que a muchos trabajadores ya no les pagarán gratificaciones en julio y diciembre ni les depositarán su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)“.

Para Francke, se supone que eso solo valdría ‘tras acuerdos con el empleador’, pero hay que tomar en cuenta las condiciones actuales de falta de empleo. Además, cuestiona el hecho de que cuántos podrían decir que no cuando les ofrezcan un salario de digamos 1,200 soles mensuales con la indicación de que ahí está incluida sus gratificaciones y su CTS.

“Esto no sólo vale para los nuevos trabajadores, ya que el 70% de los trabajadores formales en Perú están bajo contratos temporales, apenas termine su contrato actual y les plantee renovar su contrato, el empleador les podrá decir que es el mismo monto pero que ya no les pagarán gratificaciones ni CTS”, añadió.

El objetivo de la CTS es precisamente darle una garantía al trabajador cuando este pierda su empleo. Eso, con el PNCP, simplemente desaparece.

Asimismo, el economista aclaró que cuando dicen “la definición de la situación económica habilitante para la terminación colectiva de contratos de trabajo”, se está refiriendo a que la ley actual permite a las empresas despedir a gran cantidad de trabajadores al mismo tiempo por razones económicas. Y aunque ya hay normas que facilitan esto, una nueva reglamentación promovida por el MEF y la Confiep evidentemente está orientada a dar más facilidades en ese sentido.

La versión del MEF

El Ministerio de Economía y Finanzas ha resaltado que el PNCP “articula los esfuerzos tanto del sector público y privado”. Lo raro es que no se nota, ni se menciona, si han tomado en cuenta a los representantes de la sociedad civil, o sea, a los sindicatos.

El MEF resalta que el Plan es producto de un proceso de diálogo y consenso que incluye a los gremios y a la academia, y que los lineamientos fueron aprobados por el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización (CNCF).

Lamentablemente, parece que el Ejecutivo no sabe —o no se quiere dar cuenta— que esto debió conversarse en el espacio de diálogo social e institucional para temas laborales: el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE).

¿Acaso no saben que al aprobar PNCP de reforma laboral, sin consultar con los sindicatos, estarían violando el Convenio 144 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre acuerdo de tres partes?

Habla la CGTP

La Confederación Nacional de Trabajadores del Perú (CGTP) ya manifestó su preocupación mediante un pronunciamiento.

No le gustó nada a ala CGTP (Imagen: Captura)

“Le decimos al Gobierno que, si su política de competitividad es para mejorar el desarrollo del país, ¿cuál es el temor que se derogue el objetivo 5 y se empiece a discutir desde el espacio de diálogo social, que es el órgano tripartito, donde están el Estado, los empresarios y los trabajadores?“, se puede leer en el documento.

Están violentando los acuerdos internacionales que tienen firmados nuestro país con la OIT, están violando los acuerdos como los famosos Tratados de Libre Comercio (TLC)”, se añade.

“Una vez más, denunciamos, la artera imposición de la reforma laboral promulgada, aprovechando las fiestas patrias, tan sólo para satisfacer los intereses de la Confiep, a través del Decreto Supremo 237-2019-EF, sin diálogo social que resulta, además, inoportuno y conflictivo en el marco de la transición de gobierno”, demandaron junto con el rechazo y anuncio de una lucha para la derogatoria de dicha norma.