El 23 de noviembre, el twitter de la Defensoría del Pueblo hizo una extraña solicitud: le pedía a la ciudadanía y a las organizaciones civiles y políticas que paren sus protestas frente a la Embajada de Uruguay, porque las autoridades, al parecer, no pueden hacer bien su trabajo por la bulla.
Pedimos a la ciudadanía y organizaciones civiles y políticas a cesar manifestaciones en zonas aledañas a la residencia del Embajador de Uruguay, a fin de permitir una adecuada labor de las autoridades competentes. 👉https://t.co/mzmri3Xvjb pic.twitter.com/W1SAbcwEC6
— Defensoría Perú (@Defensoria_Peru) November 24, 2018
Un pedido muy extraño considerando que la Constitución peruana protege el derecho a la protesta, o por lo menos lo hace en teoría: “Todo peruano tiene derecho a reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones en locales privados o abiertos al público no requieren aviso previo”, señala nuestra Carta Magna.
Debido a ello, numerosos usuarios señalaron que la Defensoría del Pueblo lo que realmente estaba haciendo era restringir el derecho a la protesta, a la manifestación, a la libre expresión, al libre tránsito; esto es, no estaba garantizando la expresión plena de la ciudadanía y sus organizaciones frente a lo que consideran una injusticia: que García siga refugiado en la Embajada de Uruguay, sin ser un perseguido político, y mintiendo a medio mundo.