Por Rebeca Zedano
A las autoridades: este 8 de marzo las universitarias no celebramos nada. En este día recordamos a la primera estudiante universitaria –y muy probablemente la primera jurista– en el Perú y Sudamérica: Trinidad María Enríquez Ladrón de Guevara, compañera que enfrentó a la sociedad prejuiciosa de su tiempo para no solo obtener un título universitario, sino también ejercer su profesión, y que murió sin lograr su objetivo gracias a los estereotipos –construidos por varones– que la discriminaban.
Estos “ilustres” abogados cuyos nombres se encuentran en los auditorios de las Facultades de Derecho argumentaron que la profesión de abogado –así, en masculino– requería “cierta firmeza de carácter, discernimiento superior y convicción de principios que la mujer carecía en general” y aún sin existir una norma que prohibiese de manera expresa la titulación de abogadas, le aplicaron ultractivamente las Siete Partidas, norma derogada que prohibía a las mujeres ejercer la abogacía. Pero su lucha se convirtió en un triunfo colectivo: Producto de aquel acontecimiento, el 7 de noviembre de 1908 se promulgó la Ley 801 que reconoce el derecho a la educación superior para las mujeres. Hoy las universitarias no sufrimos discriminación expresa para culminar la universidad y/o titularnos, pero sí enfrentamos a un monstruo grande instaurado en las aulas que irrumpe nuestras vidas en nuestra formación profesional: la violencia de género –entiéndase al acoso/hostigamiento sexual como una forma de violencia–. ¿Saben por qué debemos hablar del hostigamiento sexual en las universidades? Porque el hostigamiento sexual es una forma en la cual no solo se vulneran nuestros derechos fundamentales, sino también el derecho a la educación.
Es lamentable que, a la fecha, no existan cifras oficiales de víctimas y/o agresores en las universidades. No obstante, en una reunión previa con el Bloque Universitario Feminista, la Superintendencia Nacional de Educación Superior compartió algunas cifras preliminares relevantes que hoy les compartimos con muchísima indignación:
- Solo 4 de 10 universidades reportaron denuncias y con menos de un caso al año: en total se reportaron 125 casos de los cuales 41 se encuentran en proceso de investigación, 64 concluyeron y 20 no se especifica situación.
- Solo 31 casos culminaron en sanción: 20 destituciones, 5 ceses temporales (o sea, pueden volver a la universidad y ser una amenaza potencial para la comunidad estudiantil), 4 no renovaciones y 2 amonestaciones escritas. Cabe resaltar que solo se cuenta con información de estos 31 casos.
- Solo 57 casos recibieron medidas preventivas: 33 tienen impedimento de acercarse a la víctima, 20 separaciones preventivas (por ejemplo: rotación) y 4 atenciones psicológicas.
- El 98% de hostigadores son docentes varones y el 95% de las víctimas son estudiantes mujeres, en base a los 125 casos reportados.
- 52 casos reportados tiene como relación víctima-hostigador a estudiante-docente. ¿Qué significan todas estas cifras? Que como autoridades no están cumpliendo bien su función e incluso están evadiendo responsabilidades establecidas en el marco legislativo de nuestro país.
Las cifras preliminares reflejan lo siguiente:
- Las autoridades universitarias tienen débil capacidad para tomar acciones preventivas: 7 de cada 10 universidades no especifican quién dictamina medidas preventivas y de protección durante el proceso de investigación, y solo 2 de cada 10 universidades realizan algún tipo de acción para la prevención del hostigamiento sexual de acuerdo a la Ley N° 27942.
- Las universidades no cuentan con mecanismos especializados para atender estas denuncias: 7 de cada 10 universidades no cuentan con un procedimiento específico de atención, especialmente las universidades públicas.
- Los sistemas para la atención de denuncias son complejos e incluso, según la información brindada por las universidades a la Sunedu, pareciera que la mitad de ellas no cuenta con un procedimiento para recibir e investigar las denuncias: 57% no especifica instancia que reciba las denuncias, 41% no especifica instancia investigadora y 54% no especifica instancia designada para aplicar medidas disciplinarias.
- Hay un débil sistema de monitoreo de las denuncias y los plazos superan la normativa interna: el promedio de días efectivamente transcurrido supera 18 veces más lo previsto (de 14 a 262 días hábiles).
Las universitarias hoy denunciamos a las autoridades que rigen en materia educativa porque desde 1874 estamos pagando un costo muy alto por ser profesionales, pero el silencio se acabó. Hoy exigimos una educación sin violencia de género y una reforma universitaria con enfoque de género porque nos quitaron tanto que acabaron quitándonos el miedo.