La firma del Estado peruano en el Acuerdo de Escazú es un gran paso en el cuidado de los recursos naturales; incluye importantes disposiciones en asuntos ambientales y protege a los defensores del ambiente.
Los últimos acontecimientos en una alborotada semana política (la absolución del candidato a la alcaldía de Lima, Daniel Urresti; la anulación del indulto al exdictador Alberto Fujimori; y la inhabilitación por 10 años a César Hinostroza) deslucieron la presencia de nuestro país en la firma de uno de los acuerdos más importantes de la historia ambiental: el Acuerdo de Escazú.
¿Y por qué es tan importante? Bien, veamos solo un par de artículos del acuerdo firmado por la ministra del Ambiente, Fabiola Muñoz, el pasado 27 de setiembre en la Asamblea General de las Naciones Unidas (en Nueva York, Estados Unidos).
Artículos clave
Artículo 5: “Cada parte (país) deberá garantizar el derecho del público a acceder a la información ambiental que está en su poder, bajo su control o custodia, de acuerdo con el principio de máxima publicidad… El ejercicio del derecho al acceso a la información ambiental comprende: a) solicitar y recibir información de las autoridades competentes sin necesidad de mencionar algún interés especial ni justificar las razones por las cuales se solicita; b) ser informado en forma expedita sobre si la información solicitada obra o no en poder de la autoridad competente que recibe la solicitud; y c) ser informado del derecho a impugnar y recurrir a la no entrega de información y de los requisitos para ejercer este derecho”.
Artículo 9: “Cada parte (país) garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad. Cada parte tomará las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos en su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso, teniendo en cuenta las obligaciones internacionales de dicha parte (país) en el ámbito de los derechos humanos, sus principios constitucionales y los elementos básicos de su sistema jurídico”.
En estos artículos están contemplados el derecho al acceso de información ambiental (artículo 5) y sobre los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales (artículo 9).
Es importante porque al tener protección internacional en el derecho a la información ambiental, se permitirá una participación pública y la administración de justicia sobre la conservación de la biodiversidad, sobre el uso sostenible de los recursos naturales (el agua y el aire), potenciar la lucha contra la deforestación y el cambio climático.
Además, se suma la protección al agente defensor ambiental; personas que se organizan con las comunidades y que los representan en temas relevantes y que en estos últimos años se enfrentaron a empresas y gobiernos —víctimas mortales, incluso— por proteger las tierras y el agua de su entorno.
Los países que firmaron el Acuerdo de Escazú fueron: Argentina, Antigua y Barbuda, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Guyana, México, Panamá, Perú, Santa Lucía, Uruguay, República Dominicana y Haití.
Por una justicia ambiental
Como se mencionó, la ministra del Ambiente, Fabiola Muñoz, representó al Estado peruano y ella resaltó la importancia del Acuerdo por representar una de las oportunidades para fortalecer los vínculos entre los países latinoamericanos en la transparencia de los temas ambientales. “(El Acuerdo) da la posibilidad de permitir a las poblaciones más vulnerables el acceso efectivo a la información y promover una justicia ambiental”, remarcó.
En nuestro país los conflictos socioambientales (lucha por las tierras y el agua) representan un enorme problema que genera muerte y pérdidas económicas. A pesar de nuestras normas internas, no se puede negar que aún existe un entrampamiento en la distribución de los derechos. Los esfuerzos por tener un diálogo más transparente y con información adecuada y precisa parecen tener una luz al final del túnel con la firma del Acuerdo.
El Acuerdo de Escazú es una herramienta que se adhiere a la lucha por los derechos de las comunidades indígenas. Esto exige, implícitamente, una repotenciación de las capacidades institucionales (organizaciones civiles y representantes del Estado) y de todos los actores; beneficiados y afectados.
(Foto cabecera: Diario Público, España)