El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA Perú) y la Defensoría del Pueblo han elaborado un informe resultado de la supervisión realizada en 109 establecimientos de salud. El objetivo fue conocer la atención a niñas y adolescentes embarazadas producto de violación sexual. Las restricciones sanitarias no han impedido que las cifras de violencia sigan impactando la vida de las mujeres.

Durante el 2019 se registraron 12,364 casos de violencia sexual que afectaron a niñas, niños y adolescentes. De ellos, el 41,6 % (5 140) fueron casos de violación sexual. El 92% (4739 casos) fue contra niñas y adolescentes mujeres.

A pesar de la restricción de actividades presenciales durante el 2020, esas cifras no han tenido una reducción significativa, dejando el registro de 9582 casos de violencia sexual en niñas, niños y adolescentes. El 66% (6323) fueron por violación sexual. De esta cifra, el 92.7% (5861 casos) fue contra mujeres menores de edad. Es decir, un promedio de 16 niñas y adolescentes han sido víctimas de violación sexual diariamente.

Así informó el Programa Nacional Aurora del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y a su vez se cita esa data en el Informe sobre la supervisión de la atención integral en niñas y adolescentes embarazadas producto de violación sexual, en establecimientos de salud.

“En el Perú, 1 de cada 5 niñas menores de 15 años ha sufrido violación sexual de las cuales la Fiscalía solo conoce el 15 % (CIDH, Informe 2020)”, menciona el documento.

En 2020 casi se triplicaron las cifras de niñas menores de 10 años obligadas a parir

De acuerdo con el Sistema de Registro de Certificado de Nacido Vivo del Ministerio de Salud, durante el año 2019 se registraron a nivel nacional 53 308 nacimientos cuyas madres tenían el rango de edad de 0 a 19 años: de 1 303 (2.4 %) nacimientos, las madres fueron niñas menores de 14 años: y 9 nacimientos, fueron niñas menores de 10 años.

Según el mismo sistema, durante todo el 2020 se registraron a nivel nacional 48 575 nacimientos cuyas madres tenían el rango de edad de 0 a 19 años; de 1 179 (2,4 %) nacimientos, las madres fueron niñas menores de 14 años; y 24 nacimientos de madres menores de 10 años: Niñas obligadas a parir. De 9 casos en el 2019 a 24 casos en el año 2020. Las vidas de niñas afectadas por violaciones casi se han triplicado.

Leyes y acceso a la interrupción de los embarazos NO deseados

Diversos instrumentos jurídicos nacionales e internacionales exigen una atención integral de salud, física y mental en los casos mencionados. Además, se señala la obligación de permitir el acceso a la interrupción del embarazo no deseado cuando representa una afectación grave o genera un daño permanente a la salud de la gestante (aborto terapéutico).

Este derecho es contemplado en el artículo 119° del Código Penal vigente. El procedimiento fue detallado por el Ministerio de Salud en 2014 con la publicación de la Guía Técnica Nacional para la Estandarización del Procedimiento de la Atención Integral de la Gestante en la interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado en el marco de lo dispuesto en el artículo 119° del Código Penal (en adelante: “Guía Técnica”).

En un seguimiento y análisis realizado por la Defensoría del Pueblo y UNFPA Perú en el informe de supervición, se advierte repercusiones legales ante la negativa de continuar con un embarazo no deseado, generando una criminalización para las que deciden abortar.

Producto de este estigma, entre 2019 y 2020 el Ministerio Público registró 24 denuncias en contra de niñas y adolescentes menores de 18 años embarazadas producto de violación sexual.

El muestreo de selección para la supervisión de 109 establecimientos de salud de 13 regiones consideró indicadores críticos como:

  • Número de sentencias en casos de violación sexual contra niñas y adolescentes por región (2018-2020)
  • Número de inscripciones de nacimientos de hijas/os de niñas menores de 14 años por región (2018).
  • Tasa y razón de muerte materna por región (MINSA-2019).

Hallazgos

Desconocimiento. En ningún establecimiento de segundo nivel supervisado se señala el uso del misoprostol. Es decir, 39 EESS del Minsa y 9 de EsSalud, del total de 109 establecimientos supervisados, no usan el método menos invasivo acorde con el derecho de la paciente y lo que regula la Guía Técnica.

De los 39 EESS del segundo nivel supervisados, sólo 10 (26 %) cumplen con ofrecer seguimiento psicológico a la niña o adolescente.

Por otro lado, 69 establecimientos de los 109 supervisados, desconocen la existencia de la Guía técnica de aborto terapéutico, norma con antigüedad mayor a los 7 años, Este desconocimiento generaría riesgos al acceso de derechos de las menores de edad, ejercido por los establecimientos de salud.

También, el informe concluye que se evidencia falta de atención a víctimas de violación sexual durante la emergencia sanitaria.

Es por ello que dicho informe, elaborado por UNFPA y la Defensoría del Pueblo, hace un llamado al Congreso para dictaminar y agendar el debate del Proyecto de Ley 387/2016-CR, que despenaliza el aborto en casos de embarazo a consecuencia de violación sexual.

Asimismo, recomiendan al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Ministerio de Salud, impulsar una propuesta legislativa respecto de la necesidad de modificar la normativa penal sobre la despenalización del aborto en niñas y adolescentes menores de catorce años víctimas de violación sexual.

Camila de 13 años. violentada por su padre, humillada por personal de salud y el Ministerio Público

Estado violentador. Camila es el seudónimo de una menor de edad que vivía en una zona rural de Perú. Su padre, abusó sexualmente de ella desde que tenía 4 años de edad y quedó embarazada a los 13 años. Su madre, una persona quechuahablante con una discapacidad severa, preocupada por la salud de Camila, solicitó la interrupción del embarazo.

De acuerdo con la Guía Técnica, la respuesta debió llegar en un plazo máximo de 6 días, no obstante, el hospital nunca informó sobre la posibilidad de practicar un aborto terapéutico. Tampoco respondió a la solicitud de la madre. Condicionó el servicio a la presentación de exámenes que debieron realizarse en el mismo hospital. A las 13 semanas de gestación, Camila tuvo una pérdida espontánea.

Una enfermera del centro de salud del pueblo donde vivía Camila, fue a visitarla en reiteradas ocasiones a su domicilio junto a un efectivo policial para forzarla a seguir sus controles prenatales ejerciendo una presión social sobre la niña.

Luego del aborto espontáneo sufrido por Camila, una representante del Ministerio Público tomó conocimiento de lo sucedido y Camila fue denunciada por el delito de “autoaborto”.

A pesar de que el agresor reconoció su responsabilidad, Camila pasó de víctima a ser considerada “adolescente infractora”, además de ser cometida a diligencias crueles, inhumanas y revictimizantes.

La defensa legal de Camila planteó un recurso que casi un año después fue resuelto en favor suyo. El caso llegó al Comité de los Derechos del Niño de la ONU y en esta etapa la información del proceso es reservada.

Números de emergencia

Consejería. Si conoces algún caso de violencia familiar o sexual puedes comunicarte a la Línea 100. Es un servicio telefónico gratuito de orientación y soporte emocional. Responde de lunes a domingo (incluido feriados) las 24 horas del día.

Desde zonas rurales puedes llamar a Línea 100. También intenta contactar a operadores de justicia, líderes, lideresas de la comunidad. Finalmente, puedes acercarte a las oficinas de la Estrategia Rural.