Hoy se publicó en El Peruano la Ley N° 30925 que fortalece la implementación de espacios de acogida temporal para víctimas de trata de personas y explotación infantil, a fin de brindarles atención, protección, albergue, alimentación y atención multidisciplinaria especializada, y facilitar su completa reintegración y reinserción.

Esta norma permitirá que los espacios de acogida cuenten con protocolos especializados para evitar la revictimización, así también, se asignarán de manera preferente los bienes muebles e inmuebles incautados por el Estado.

También se declara de interés nacional y necesidad pública la implementación de los espacios de acogida temporal para víctimas de trata y explotación sexual de niñas, niños, adolescentes y mujeres, de acuerdo a su disponibilidad presupuestal.

La ley precisa que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, acompaña al Ministerio del Interior en el diseño de un programa presupuestal multisectorial para la implementación de las políticas en materia de trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, así como los indicadores para su respectivo seguimiento de desempeño, evaluaciones e incentivos a la gestión a que hubiera lugar, en el plazo de 180 días hábiles desde la vigencia de la Ley.