Hace casi un mes, el Congreso de la República fue disuelto, culminando así una de las peores crisis políticas en nuestra historia republicana. En el momento que Martín Vizcarra, actual presidente del Perú, anunció la disolución constitucional del Parlamento, convocó también a elecciones extraordinarias.
La cuestión aquí es: ¿Qué leyes regirán a esta? Pues se sabe que se han realizado diversas reformas políticas en el último año que reconfiguran las reglas de los comicios. Entre estas está la Ley de Paridad y Alternancia, la cual establece un mínimo de 40% de mujeres, ubicadas de forma intercalada en las listas de candidatos para el Congreso, este porcentaje se irá incrementando de forma progresiva, teniendo como meta el 50% en el 2031.
Lamentablemente, esta y las otras leyes aprobadas no se aplicarán en las elecciones del 26 de enero, debido al artículo 4 de la Ley Orgánica de Elecciones, que establece la intangibilidad de la normativa electoral, esto quiere decir que, al haberse publicado en agosto, la Ley de Paridad y Alternancia entrará en vigencia recién en las Elecciones Generales del 2021.
Al no ser obligatorio, los partidos políticos actualmente se encuentran evaluando si aplicarán o no la paridad y alternancia, o en todo caso solo la paridad -ya que algunxs consideran que esta va en contra de la meritocracia. Sin embargo, es importantísimo que estas se empleen en un momento como este donde lxs peruanxs buscamos un mejor país.
Hasta los años 50, no había ni una sola mujer ni en la Cámara de Senadores ni en la de Diputados, esto cambió luego el 7 de septiembre del 1955 con la Ley N° 1239, que permitía a las mujeres mayores de edad y alfabetizadas el derecho a elegir y ser elegidas, convirtiéndose así, el Perú, en el penúltimo país en Latinoamérica en conceder este derecho. En el año 97, se aprobó la Ley Orgánica de Elecciones, donde se estableció la cuota de género del 25%, gracias a esto se logró que la participación femenina aumentara a 20% en el 2000, cuando el pico máximo había sido de 10.8% en los 90. El último Congreso tuvo el mayor número de mujeres legisladoras, llegando a ser el 27%.
La paridad es primordial, pues esta garantiza una representación real de la población femenina en las listas que postulan al Parlamento, no obstante, esta debe de ir de la mano de la alternancia, ya que el hecho de que sean la mitad o el 40% no garantiza que estas alcancen curules, puesto que se da la posibilidad de que las mujeres estén ubicadas al final de las listas siendo así el grado de dificultad mayor.
Mucho se habla sobre lo innecesario que resulta esta ley, debido a que un grupo de la población considera que las cuotas de género son un privilegio para las mujeres, haciendo que para ellas sea más “fácil” lograr alcanzar una curul. No obstante, la historia lo contradice, ya que desde la mitad del siglo pasado recién se les otorgó la condición de ciudadanas a las mujeres.
Actualmente el Perú está pasando por un proceso de transformación de su sistema político, en busca de un Estado más democrático y justo, para esto es importante que se parta desde la reforma del sistema electoral y de partidos que permita que lxs ciudadanxs tengan una participación activa y vida partidaria. Las elecciones son la esencia de los sistemas democráticos, si estas no son representativas no se puede hablar de un verdadero Estado democrático. Lo que es malo para la democracia, es malo para las mujeres.