La Sociedad Nacional de Radio y Televisión del Perú sancionó al canal de televisión abierta ATV por el caso de transfobia ocurrido contra la artista Uchulú (Etza Wong) cuando participaba de un reality del programa Magaly TV.

Como se recordará, el 28 de agosto de 2023, Carlos Cacho y Andrés Hurtado cuestionaron de forma humillante la identidad femenina de la Uchulú, refiriéndose a ella con el pronombre masculino “él”, a pesar de que ella había manifestado su desagrado de ser llamada así.

Haciendo caso omiso a sus reclamos y evidente malestar, Cacho y Hurtado siguieron degradando su participación en el programa exigiéndole que enseñe su documento de identidad con su nombre, sabiendo ellos muy bien lo difícil que es el cambio de nombre en el Perú para las personas trans.

La Uchulú, visiblemente afectada, buscó retirarse del programa, por lo que Cacho y Hurtado ofrecieron unas superficiales disculpas.

Frente a ello, el 29 de agosto de 2023, Pamela Andrés del Castillo y Nilda Soledad Quito León presentaron una queja en contra del contenido del décimo capítulo de la secuencia “La Casa de Magaly”.

La resolución de la SNRTV señala por qué las expresiones transfóbicas de Cacho y Hurtado no son “libertad de expresión”: “aún en el caso que las expresiones de los Sres. Hurtado y Cacho quieran ser interpretadas como un ejercicio de libertad de expresión, este tipo de discurso no se encuentra protegido cuando se ejerce con abuso o exceso. La libertad de manifestar las ideas no justifica el injusto menosprecio ajeno, y ninguna persona (ni el propio Estado) pueden tener injerencia en la espiritualidad e individualidad de las personas. Por el contrario, la Comisión considera que cuestionar la identidad de una persona en televisión abierta -y continuar haciéndolo a pesar de que esta solicitó expresamente que se le respete constituye un acto de discriminación arbitraria en razón a su sexo o género. En opinión de la Comisión, este tipo de actitud no se encuentra alineada con los principios que rigen las actividades de los radiodifusores del gremio“.

Por lo tanto, resuelve:

“PRIMERO: Declarar FUNDADA la queja interpuesta por Pamela Andrés del Castillo y Nilda Soledad Quito León y la CONACOD en contra de ATV por la secuencia “La Casa de Magaly” del programa “Magaly TV: La Firme” emitida el 28 de agosto de 2023, considerando que constituyó una infracción a los principios de la defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad (art. 3(a) del Código de Ética SNRTV), y el de respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar (art. 3(k) del Código de Ética SNRTV).

SEGUNDO: Sancionar a ATV con una multa de cinco (5) UIT”.