El proceso penal seguido contra el exfiscal de la Nación, Pedro Chávarry, por el presunto delito de encubrimiento real, fue archivado por el juez supremo de investigación preparatoria Hugo Núñez Julca, por considerarse que los hechos que se le atribuyen no constituyen este delito.
El proceso contra Chávarry se abrió cuando este intentó obstruir las investigaciones del Equipo Especial Lava Jato, removiendo a los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez de sus puestos.
Según el juez Núñez Sulca, los hechos denunciados por la Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, como la solicitud de información sobre el acuerdo de colaboración eficaz no configura el delito de encubrimiento real.
“La solicitud de información requerida por el procesado en su calidad de fiscal de la Nación, respecto a las condiciones del acuerdo suscrito de colaboración eficaz con Odebrecht no significaría la desaparición o la intención de desaparecer las huellas o pruebas del delito, mucho menos se aprecia, que dicha acción haya materializado o haya estado dirigida a ocultar los efectos de determinado delito”.
Así también señaló que, si bien se frustraron algunas diligencias programadas en el proceso de colaboración, no es posible probar que esta conducta tenía como propósito la “desaparición de las huellas del delito”.
“La conducta del investigado Chávarry Vallejos resultaría en modo alguno tener un carácter obstruccionista, pero, para dificultar la acción de la justicia debe conducirse procurando la desaparición de las huellas o pruebas del delito, conductas tipificadas en el delito bajo análisis, lo que no se aprecia en el caso de autos”
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