Lima, 27 de junio de 2025. A pesar de que seis jóvenes denunciaron haber sido víctimas de acoso sexual, una de ellas de violación sexual, cuando eran menores de edad, el Cuerpo General de Bomberos del Perú emitió una resolución final el 20 de junio del presente, en donde absuelven al denunciado Brigadier CBP Ángel Oswaldo José María Castro Verástegui (44) de todos los cargos que se le imputan y le levantan la suspensión del servicio activo decretada en su contra, por lo cual, podría volver a ejercer como jefe de la Compañía de Bomberos N° 28 de Miraflores, en donde presuntamente ocurrieron todos los hechos de violencia.

Para Santiago Jesús Castro Herrera (Brigadier CBP, Presidente), René Pablo Noriega Rosso (Brigadier CBP, Vocal) y Alejandro Anthony Arana Cárdenas (Brigadier CBP, Vocal), miembros del Consejo Disciplinario Departamental de la XXIV Comandancia de Lima Sur del Cuerpo General de Bomberos del Perú, los testimonios graves y detallados de las denunciantes, no fueron suficiente para emitir una sanción disciplinaria contra Ángel Castro Verástegui.

La resolución señala que «no se desprenden elementos de convicción fuertes y conducentes que permitan determinar que los hechos denunciados sean ciertos o elementos periféricos que permitan destruir la presunción de inocencia que por mandato constitucional le asiste al denunciado».

El proceso, que empezó a fines de 2024, se llevó con normalidad hasta febrero de 2025, a través de audiencias en donde las jóvenes daban su testimonio pormenorizado y el imputado no se apersonaba para responder a las acusaciones en su contra. Pero, ad portas de que el Consejo Disciplinario emitiera una resolución que ya había sido anunciada para esas fechas, todos los miembros, sospechosamente, fueron cambiados e ingresaron Castro Herrera, Noriega Rosso y Arana Cárdenas para sustituirlos. Con ellos, el proceso se alargó cinco meses más, hasta el 20 de junio que emitieron la resolución exculpatoria.

Sobre el caso de violación sexual que se le imputa al brigadier, que ocurrió en su departamento, cuando la víctima era menor de edad, según cuenta la denunciante, el Cuerpo de Bomberos se lava las manos, pues no ocurrió en sus instalaciones, es decir, mientras violes fuera de la estación de bomberos, todo bien, puedes seguir llevando el uniforme, solo no se te ocurra hacerlo dentro de la compañía. Gracias a esto, los potenciales violadores van a tener más cuidado de hacer sus fechorías porque sabrán cómo saldrán impunes.

Para Castro Herrera, Noriega Rosso y Arana Cárdenas no es relevante que uno de los bomberoso haya sido denunciado por violación, lo importante es que no lo hizo en las instalaciones. ¿Qué clase de prioridades tienen al momento de someter a disciplina a los miembros del Cuerpo de Bomberos? ¿Cómo puede ser más relevante el lugar del hecho que el daño que presuntamente se le ha hecho a una bombera voluntaria?

Esta resolución es solo una forma más de victimizar a quienes se han atrevido a denunciar los abusos del brigadier Ángel Castro Verástegui, ninguna de estas seis mujeres ha logrado conseguir un poco de justicia o reparación para sus vidas, y la consecuencia es gravísima, porque otras mujeres abusadas, acosadas o violadas no se atreverán a denunciar sabiendo que su denuncia caerá en saco roto, las bomberas voluntarias que ingresen sabrán que nadie las defenderá ni protegerá de bomberos abusadores, y el Cuerpo General de Bomberos arrastrará tras de sí la convicción de que les importa más cubrir a sus bomberos delincuentes que garantizar un espacio libre de violencia para sus bomberas voluntarias.

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Aquí se pueden ver los testimonios:

El Bunker

Infobae

Defensoría del Pueblo: Cuerpo General de Bomberos no habría remitido denuncias al MP y PNP sobre exjefe sindicado de violencia sexual a bomberas

El dato

Los miembros removidos del Consejo Disciplinario del Cuerpo General de Bomberos del Perú, el Brig. CBP Jorge Luis Paulet Bobba, el Brig. CBP Klaus Talaverano y el Brig. CBP Javier Erken Bosmans habían señalado que “existen indicios suficientes de la comisión de las presuntas faltas cometidas, que vincula al denunciado como presunto responsable de las mismas; Que, en el presente caso se ha ofrecido inicialmente medios probatorios documentales -informes-“.

A ellos les faltó el «espíritu de cuerpo» que no dudaron en sostener los «nuevos» miembros del Consejo Disciplinario para absolver a Castro Verástegui.