Grandes avances han dado las personas trans en España y Argentina, países que aprobaron leyes que las benefician, luego de décadas de abandono estatal para esta población, y a pesar de las voces en contra de proteger sus derechos. En Honduras, la Corte IDH condenó al país por el asesinato de Vicky Hernández, mujer transgénero de 26 años, durante el golpe de Estado del 2009.

Argentina

La Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero ‘Diana Sacayán – Lohana Berkins, también conocida como Ley de Cupo Laboral, que garantiza el 1% de puestos de trabajo en la administración pública para personas trans, fue aprobada el 25 de junio en el Senado argentino, con 55 votos a favor, 1 en contra y 6 abstenciones.

Marcela Tobaldi, fundadora de la Asociación Civil La rosa Naranja e integrante del Frente Orgullo y Lucha, una de las organizaciones que empujó la aprobación de esta ley, señaló: “Las travestis y trans fuimos excluidas de todos los derechos humanos fundamentales, ahora el Congreso entendió que debía modificar nuestro destino de violencias y muerte”.

La Ley estipula que el Estado tendrá que cumplir una serie de obligaciones de no discriminación en el acceso a los puestos de trabajo, habrá incentivos económicos para contrataciones en el sector privado, y apoyo financiero para proyectos productivos travestis trans.

El 1% de cupos garantizaría cerca de 2500 empleos para una población que no alcanza los 40 años de vida por la desigualdad estructural que atraviesan y la situación de pobreza y abandono de las que son sujetas desde muy pequeñas.

Algunos artículos de la ley

Articulo 6°- Terminalidad educativa y capacitación: A los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos de la presente ley. Se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos requeridos y finalizarlos.

Articulo 7°- No discriminación: Toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo formal digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo sin discriminación por motivos de identidad de género y/o su expresión. A fin de garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales. Asimismo, los antecedentes penales de las/os postulantes, que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo.

Articulo 9°- Acciones de concientización:  Los organismos de la administración pública deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual.

España

El 29 de junio se aprobó la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI, conocida como Ley trans, en el Consejo de Ministros de España, y gracias al empuje incesante de la ministra de la Igualdad, Irene Montero. “Hacemos historia con una ley que da un paso de gigante en los derechos de las personas trans y LGTBI… El orgullo es siempre un momento de reivindicación para muchas personas que han podido sentir que estaban solas, solos o soles”, señaló.

La ley permite la libre autodeterminación de género, que consiste que una persona pueda cambiar el nombre y el sexo en el DNI solo con su voluntad, sin necesidad de informes médicos y años de hormonación como se hacía hasta antes de la ley. Las personas mayores de 16 años podrán requerirlo por sí mismas. Y a partir de los 14 años con la asistencia de progenitores o tutores. El texto permite el cambio de sexo legal a partir de los 12 años, no antes, en diferentes tramos: a partir de los 16 sin requisitos, entre los 14 y 16 con consentimiento de sus representantes legales, y entre los 12 y 14 mediante autorización judicial.

Algunas medidas que recoge la ley:

  • Blindar las leyes de igualdad. Con el cambio de sexo en el registro y en el DNI, la persona no podrá ser beneficiaria con carácter retroactivo de medidas de discriminación positiva recogidas en la ley de Igualdad.
  • Prohibición de las terapias de conversión. La norma prohíbe las prácticas destinadas a modificar la orientación e identidad sexual de una persona, incluso cuando cuenten con el consentimiento de la persona interesada o de sus representantes legales. Se consideran una infracción “muy grave”, castigada con multas de hasta 150.000 euros.
  • Técnicas de reproducción asistida para personas trans con capacidad de gestar. Las mujeres lesbianas, bisexuales y aquellas sin pareja volverán a tener acceso a técnicas de reproducción asistida dentro de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, una posibilidad que se excluyó hace siete años. El texto incluye además por primera vez entre las beneficiarias de estas técnicas a las personas trans con capacidad de gestar.
  • Filiación de los bebés nacidos de mujeres no casadas. En las parejas formadas por un hombre y una mujer, basta con que el varón asuma la paternidad para tramitar la filiación de un bebé. Pero en el caso de una pareja de mujeres no casadas eso no se permite, y para que la pareja de la madre biológica pueda figurar como progenitora del recién nacido tiene que adoptarlo, lo que supone un tiempo de tramitación durante el cual la segunda madre no tiene ningún derecho ni obligación con el niño o la niña, ni el pequeño sobre ella. La ley incluye la modificación del artículo 120 del Código Civil de manera que para la filiación no matrimonial bastará con que “en el momento de la inscripción del nacimiento”, el “padre o progenitor no gestante” haga una declaración conforme “en el correspondiente formulario oficial”.
  • Diversidad LGTBI en el ámbito educativo. El Gobierno, previa consulta con las comunidades autónomas, incluirá “contenidos relativos al tratamiento de la diversidad sexo-afectiva y familiar de las personas LGTBI” en los temarios de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. Las Administraciones, además, fomentarán la introducción de referentes positivos LGTBI en los materiales escolares. Se promoverán programas de educación sexual y reproductiva y de prevención de enfermedades de transmisión sexual.
  • Promoción del empleo para mujeres trans. La ley prevé medidas de acción positiva para favorecer el acceso de personas LGTBI al empleo, sobre todo de las mujeres trans. También facilita los procedimientos para denunciar por discriminación.

Honduras

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Honduras, el 28 de junio, Día del Orgullo, por el asesinato de la joven activista trans y trabajadora sexual en San Pedro de Sula, Vicky Hernández (26), durante el golpe de Estado de 2009. La sentencia por primera vez determina la responsabilidad de un Estado en la muerte de una persona trans.

Los jueces constataron que “existían varios indicios de la participación de agentes estatales” en la muerte de la activista, “que apuntan a una responsabilidad del Estado por la violación al derecho a la vida y a la integridad de Vicky Hernández, ocurrida en un contexto de violencia contra las personas LGBTI, y en particular contra las mujeres trans trabajadoras sexuales”.

Vicky Hernández fue asesinada durante un toque de queda en un contexto de ataques constantes contra la población trans, sobre todo de manos de las fuerzas de seguridad pública, que continúan hasta la actualidad. Según las organizaciones LGTBI, 122 personas trans y 389 miembros de la comunidad han sido asesinadas en Honduras.

Vicky Hernández en una foto de su archivo familiar.