• Corte Suprema debe aprobar sentencia emitida por juzgado constitucional.

El lunes 17 de enero a las 10:30 a. m. tendrá lugar, ante la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia, la audiencia final del caso Ana Estrada, quien solicita, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, se reconozca y garantice su derecho fundamental a una muerte en condiciones dignas.

Como se recuerda, el 22 de enero del año pasado el 11 Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada en parte la demanda de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo en favor de Ana Estrada. En la sentencia, el juez declaró inaplicable al caso el artículo 112 del Código Penal (homicidio piadoso) señalando que el Ministerio de Salud y EsSalud debían adoptar acciones para garantizar que la demandante pudiera, cuando así lo considerase, ejercer su derecho a una muerte en condiciones dignas y acceder un procedimiento médico de eutanasia.

En virtud de la naturaleza del caso y la fortaleza de los argumentos que respaldan la demanda de amparo, las instituciones demandadas (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Salud y EsSalud) declinaron la posibilidad de interponer apelaciones.

Conforme lo señalan las normas vigentes, pese a no existir apelación, el expediente fue elevado a la Corte Suprema a fin de que esta apruebe la inaplicación efectuada del artículo del Código Penal y con ello la sentencia pueda cumplirse en el futuro.

Atendiendo a un pedido formulado por la Defensoría del Pueblo, la Sala Constitucional y social ha programado la vista de causa del presente proceso para el lunes 17 a las 10:30 a. m. Harán uso de la palabra Ana Estrada y el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez Camacho.

La audiencia podrá ser seguida por Justicia TV y la cuenta de Facebook de la Defensoría del Pueblo.