Escribe Victoria Solís

A inicios del siglo pasado, una ardua lucha fue promovida por las mujeres en distintas partes del mundo: la obtención del derecho al sufragio. A nivel mundial, el primer país que reconoció a las mujeres ese derecho fue Nueva Zelanda en 1893; en América Latina, fue Uruguay en 1932. El Perú fue uno de los países de la región que lo aprobó de forma tardía: en 1955 para mujeres que supieran leer o escribir y en 1979 para todas sin discriminación alguna.

¿Por qué recordar esa lucha histórica un 28 de septiembre, día en que las feministas conmemoramos el Día de Acción Global por un aborto legal y seguro? Porque así como el reconocimiento del voto fue para nuestras ancestras una apuesta que articuló a distintas generaciones, la disputa política por la despenalización del aborto y el acceso efectivo a una interrupción segura del embarazo es una de las grandes luchas de nuestro tiempo. Y, ser conscientes de esa continuidad histórica, empodera y llena de compromiso por más difícil que sea el camino.

Sobre todo, porque hay un trasfondo político que vincula el derecho al sufragio con el derecho a abortar de forma legal y que nos muestra lo que realmente está en conflicto: el respeto de la autonomía de las mujeres. Dicha autonomía, en el caso del aborto, resulta más compleja de reconocer por todo el estigma y control que durante siglos se ha cernido sobre la sexualidad y la reproducción en el cuerpo de las mujeres. También porque en el sistema económico capitalista en el que vivimos, la penalización es un instrumento necesario para mantener la desigualdad social/económica/colonial contra (y entre) las mujeres. Por eso es tan difícil que en países con tanta desigualdad como el nuestro se generen avances.   

El Perú— como lo fue en el caso del voto— es uno de los países en América Latina que más resistencia está mostrando para reconocer el derecho a decidir, incluso dentro del esquema de causales. A diferencia de países como Colombia, Bolivia, Chile y Ecuador que han ampliado sus causales no punibles de aborto en las primeras décadas del siglo XXI, en Perú no hemos modificado significativamente nuestra legislación sobre aborto desde 1924, en que se despenalizó el aborto terapéutico.

En 1991 cambiamos de Código Penal, pero la legislación sobre aborto siguió siendo –en esencia– la misma (salvo ligeros cambios relacionados con atenuación de penas en caso de los mal llamados “aborto sentimental” y “aborto eugenésico[1]). A pesar de los múltiples esfuerzos de organizaciones, colectivos y compañeras feministas —que se remontan desde los años 80 hasta el presente— en casi 100 años no se ha ampliado las causales de aborto no punibles, ni siquiera en casos de violación sexual. El patriarcado, instalado fuerte en el Parlamento y en los demás poderes del Estado, ha rechazado y detenido las propuestas legislativas que se han presentado en distintos momentos.

Sin embargo, a pesar de estos casi 100 años de inamovilidad en nuestra legislación penal sobre aborto, hay grandes cambios que se han producido, cambios que apuntan a la reafirmación política de aquello que precisamente está en conflicto: la autonomía de las mujeres. Así, las feministas organizadas, desde distintas plataformas, están ejerciendo su autonomía exigiendo la despenalización del aborto, educación sexual integral, acceso a la salud sexual y reproductiva, y cada vez somos más y en distintas regiones del país.

En el escenario de la pandemia, este 28 de septiembre de 2021 son muchas las feministas que están haciendo acciones en las calles y en sus comunidades para visibilizar esta lucha histórica, en la que la apuesta ahora es la despenalización total del aborto voluntario, en cumplimiento de lo que han recomendado distintos comités monitores de tratados internacionales de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluido el Comité de los Derechos del Niño/a.

Y no solo están luchando las mujeres, sino reclaman también este derecho las personas de la diversidad sexual, como compañeres de género no binario y personas trans, que exigen que se les reconozca, además de su derecho a decidir, su identidad como personas y otros derechos vulnerados. Dentro del grupo de las mujeres, están las que reclaman además la garantía de otros derechos humanos negados de forma estructural como las mujeres lesbianas, bisexuales, con discapacidad, indígenas, afrodescendientes…

Toda esta defensa feminista de la despenalización del aborto, que parte desde la reafirmación de la autonomía de las propias mujeres y personas con capacidad de gestar en su diversidad, muestra que a pesar de las adversidades mencionadas vamos remando hacia la dirección correcta de esta lucha contemporánea. Más temprano que tarde el reconocimiento del derecho a decidir, sin importar el motivo que dio origen a la gestación, #SeráLey 


[1] Artículo 120 del Código Penal vigente. – Aborto sentimental y eugenésico
El aborto será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres meses:
1. Cuando el embarazo sea consecuencia de violación sexual fuera de matrimonio o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera de matrimonio, siempre que los hechos hubieren sido denunciados o investigados, cuando menos policialmente; o
2. Cuando es probable que el ser en formación conlleve al nacimiento graves taras físicas o psíquicas, siempre que exista diagnóstico médico.