Nuestra población se encuentra conformada por distintas personas. Muchas de ellas pertenecen a comunidades que su existencia es anterior al surgimiento del Estado peruano. Es por ello, que el artículo 48 de nuestra Constitución Política señala que no solo el castellano es el idioma oficial en nuestro país, sino que también los son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes.

Esta importante afirmación se encuentra íntimamente ligada al derecho a la identidad étnica y cultural, derecho fundamental consagrado en el inciso 19 del artículo 2 de nuestra carta política. Bajo ese contexto, debemos entender que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación y principalmente todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un intérprete, si así fuese necesario.

El aumento de la movilidad y la migración en nuestra región conduce a un aumento considerable en el número de relaciones de todo tipo (comerciales, legales, académicas o personales) entre ciudadanos de diferentes comunidades y culturas que hablan diferentes idiomas. Este aumento, a su vez, genera una gran multiplicidad de situaciones que requieren servicios de traducción e interpretación para el ejercicio de derechos como la educación, el acceso a la salud, el trabajo y a la tutela jurisdiccional efectiva (posibilidad de acceder a un juzgado a exigir que se proteja algún derecho).

Dado que muchas de estas situaciones tienen que ser sancionadas o presenciadas por las autoridades (a menudo por tribunales u otras entidades públicas), habría que preguntarnos: ¿Puede un indígena jacaru que no sepa castellano abrir una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación? ¿Es posible que un indígena shawi, que desconozca el castellano, acuda a informarse por sí solo de cuál es el estado actual de un proceso judicial en el que es parte?

En efecto, la falta de disponibilidad de estos profesionales, la falta de fondos para garantizar la presencia de intérpretes y traductores calificados, así como la traducción de formularios, pruebas y otros documentos para quienes no hablan el idioma castellano, es un obstáculo recurrente en juzgados y demás entidades públicas. Tenemos que tener mucho cuidado con eso, porque el peso y el significado de las palabras son muy relevantes. No se trata de encerrarnos en un idioma, sino de tomar el plurilingüismo y la comprensión intercultural como una forma de construir una ciudadanía global. Este es el mayor desafío para la protección de los derechos fundamentales de todas y todos los peruanos.