El 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, también se realizó la audiencia en donde los abogados de la Procuraduría del Ministerio de Educación y los abogados del colectivo conservador Padres en Acción dieron sus alegatos finales, los primeros, en defensa de la inclusión del enfoque de igualdad de género en el currículo nacional de educación, los segundos porque se quite toda posibilidad de utilizar esta herramienta para disminuir la enorme violencia que viven las mujeres en el país.

Más de dos años han pasado desde que los conservadores presentaron esta demanda de acción popular en el Poder Judicial, limitando las posibilidades de que nuestras niñas y niños sean sensibilizados con una educación que señale, analice y cuestione las desventajas que implican nacer y vivir como mujer en el Perú y enfrentar de esa forma la violencia de género que recae sobre la población femenina.

Pero la última sentencia del Tribunal Constitucional se ha convertido en un duro golpe contra la demanda de este colectivo pues la máxima instancia de justicia del país ha manifestado que la perspectiva de género es necesaria y debe ser empleada tanto en el ámbito institucional como en el privado.

El TC llegó a esta conclusión luego de revisar el caso de una mujer violada por un médico que la dopó en 2014, la víctima vio como su caso se archivaba continuamente debido a la falta de diligencia y de perspectiva de género para juzgar de forma adecuada la violencia que la mujer había vivido.

En la sentencia el TC señala que “las desigualdades culturalmente concebidas contribuyen a la creación de problemas estructurales de relevancia constitucional, como lo es, por ejemplo, la violencia de género en el Perú y que, consecuentemente, ha colocado a las mujeres en una situación de especial vulnerabilidad que demanda una atención prioritaria, real y efectiva por parte del Estado”.

Por lo que “la perspectiva de igualdad de género es, pues, una nueva forma de análisis que evidencia cómo es que determinados hechos o situaciones afectan de manera distinta a los hombres y a las mujeres, vale decir, un análisis con sensibilidad de género y motivado por lograr la equidad entre hombres y mujeres. Es esta definición conceptual la que explica por sí sola la necesidad de su incorporación en el ámbito institucional”.

No pudo ser más clara la sentencia del TC, la perspectiva de género es una herramienta indispensable, necesaria y fundamental para cambiar las estructuras de desigualdad que se han ido aposentando a través del tiempo dejando en desventaja a las mujeres quienes enfrentan múltiples situaciones de desigualdad.

Esperamos que el juez dirimente en el caso del currículo de educación nacional, Omar Toledo Toribio, siga esta línea, refuerce estos argumentos y vote a favor de las niñas y los niños del Perú.