Juan Guaidó, diputado venezolano, quien se nombró hace unos meses como presidente de Venezuela, con el apoyo de Estados Unidos y diversos países de América Latina, incluido el Perú, quienes reconocieron su “mandato” (¿?) fue inhabilitado 15 años de la función pública por la Contraloría de ese país.

Según el contralor general, Elvis Amoroso, la sanción se aplica bajo el marco de la Ley contra la corrupción debido a que Guaidó ha incurrido en gastos de 310 millones de bolívares en viajes y de 260,4 millones de bolívares en alojamientos dentro y fuera del territorio venezolano, los que no han sido declarados, por lo que se le acusa de fraude fiscal.

Esta es la máxima sanción que se le da a un funcionario en casos de corrupción y empezó con una auditoría de los 91 viajes (8 meses fuera de Venezuela) que ha realizado Guaidó sin declarar de donde provenían sus fuentes de ingreso, y negándose a presentar una declaración jurada por ellos.

La Constitución de Venezuela, en su artículo 187 señala que las y los diputados están obligados a ejercer labores exclusivas al beneficio del país y no pueden recibir ingresos adicionales, ni ejercer cargos distintos a sus funciones parlamentarias.