El 11 de setiembre, las congresistas fujimoristas Tamar Arimborgo y Milagros Salazar presentaron un nuevo proyecto de ley que pretende que las mujeres y los cigotos tengan los mismos derechos, lo que en pocas palabras significa que los cigotos tengan más derechos que las mujeres.

Como señala el artículo 1 de este PL, “la presente ley tiene como finalidad establecer un marco legal de protección del concebido; reconociendo su condición jurídica de persona humana, sin ninguna condición previa”.

¿Cuál es la pretensión real de este articulado? María Ysabel Cedano, directora de Demus, Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer, nos lo explica:

“La agenda de los antiderechos tiene como objetivo que toda interrupción del embarazo sea declarada ilegal, incluido el derecho al aborto terapéutico, esa es su agenda máxima, y para ello quieren equiparar los derechos del concebido con los derechos de la mujer, es más, no solo quieren equipararlos, sino que quieren colocar los derechos del concebido por encima de los derechos de las mujeres, y para ello tienen que darle al concebido la condición de titular de derechos, es decir, de persona, y eso está zanjado en el derecho internacional de los derechos humanos, en el derecho constitucional comparado: el feto o embrión, el concebido, no es persona, no puede ejercer derechos, no es titular de derechos, puede ser objeto de protección, pero no titular de derechos como las personas, las personas son aquellas que ya nacieron, que tienen una capacidad de autonomía e independencia, con capacidad de decidir gradualmente, por eso la construcción que hace Arimborgo para empezar a darle la categoría de persona al concebido y establecer derechos a la vida por encima del derecho a la vida de las mujeres y el objeto, tiene como finalidad atacar al protocolo de aborto terapéutico y el protocolo de actuación conjunta entre los CEM y el Minsa recientemente aprobado, que indica que una niña víctima de embarazo producto de violación debe ser informada de su derecho al aborto terapéutico“.

Pero eso no es lo peor, en su artículo 5, este PL pretende que las mujeres ya no puedan decidir sobre un embarazo riesgoso que pueda poner en riesgo sus vidas, pues podrán intervenir también en esta decisión, que debería ser autónoma, su cónyuge, su conviviente o sus parientes. Las congresistas pretenden que retrocedamos algunos siglos, a un tiempo en donde el poder patriarcal era prácticamente total sobre la vida de las mujeres.

Frente a ello, Victoria Solís, integrante del Centro de la Mujer Peruana – Flora Tristán y coordinadora de la campaña Decidir nos hace libres, señala que “es preocupante que se pretenda introducir un artículo que establezca que la decisión sobre someterse o no a un aborto terapéutico ya no dependa solamente de las mujeres, sino además del esposo o los familiares, eso claramente lo que genera es una vulneración al derecho a la salud y la autonomía de las mujeres para decidir. Supondría, además, una barrera todavía mayor para la implementación del protocolo del aborto terapéutico que ya tantos problemas tiene en la actualidad, como lo vemos en el caso de las niñas o adolescentes víctimas de embarazos forzados. En un contexto de alta mortalidad materna como presenta el Perú es indignante una propuesta semejante que sigue exponiendo a las mujeres a altos riesgos y a mayor pérdida de su autonomía en relación a su salud”.

Por suerte, este proyecto es inviable gracias a tratados internacionales que el Perú ha suscrito y tiene que respetar.

“Se trata de un proyecto de ley inviable, jurídicamente no tiene ningún respaldo; primero, porque el concebido, y eso es algo que todos tienen que saber, ya es un sujeto de derecho y tiene protección para todo lo que le favorece en nuestras leyes, así se le reconoce en la Constitución, pero no se le puede dar el mismo status o protección que se le da a una persona que ya nació, el feto no es todavía una individualidad distinta a la mujer gestante, de hecho depende de ella, por eso la protección debe recaer en ella, en la mujer, así lo ha reconocido la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su famosa sentencia Artavia Murillo vs Costa Rica, donde además estableció el estándar de que la protección al derecho a la vida no es de ninguna manera absoluto como quiere dar a entender este proyecto de ley de la congresista fujimorista, sino más bien el derecho a la vida es gradual e incremental según su desarrollo. Este estándar es el que nos permite construir un argumento para poder solicitar la despenalización del aborto, y justamente teniendo en cuenta este estándar es que la propuesta de la congresista es inviable”, aclara Solís.

Así también se pronuncia Cedano sobre el proyecto de Arimborgo: “Como ya han perdido lo del currículo nacional y lo del protocolo del aborto terapéutico en sede judicial, ahora pretenden atacar por vía legislativa, pero este proyecto de ley tiene que ser sometido a un análisis de derecho constitucional y de derechos humanos y al control de convencionalidad, y ahí se probará que no es conforme a la doctrina que la Corte IDH ha establecido en la materia. El derecho a la vida, tal y como está regulado en la CIDH, ya ha sido desarrollado por la sentencia Artavia Murillo vs Costa Rica, y ahí es muy clara la Corte cuando dice que el feto o el embrión no son sujeto de derecho, no son personas, pueden ser sujetos de protección, y esa protección que sí tienen es gradual e incremental, porque de por medio está la vida hecha y derecha de las mujeres que tienen toda la titularidad plena para poder ejercer sus derechos. La sentencia de la Corte ha señalado que la concepción empieza con la implantación del óvulo fecundado en el útero y no desde que se fecunda el óvulo, lo que dejó fuera de margen la sentencia del Tribunal Constitucional que suspendía la distribución del anticonceptivo oral de emergencia y que incluía una definición de concebido como óvulo fecundado”.

Antecedentes

Este es un nuevo intento conservador y fundamentalista del fujimorismo para bloquear la lucha por la despenalización del aborto en nuestro país, así como lo fue en su momento el proyecto de ley sobre cunas salvadoras que presentó Yonhy Lescano, congresista de Acción Popular, y que no fue aprobado.

Lescano también hizo una propuesta de reforma del Código del Niño, Niña y Adolescentes para que se declaren derechos absolutos al concebido producto de violación y evitar la despenalización de este tipo de aborto.

Conservadurismo y derechos de las mujeres

El ala conservadora del Congreso, representada en su mayoría por fujimoristas o exfujimoristas, busca bloquear el acceso al aborto terapéutico generando más limitaciones y obstáculos y haciendo que intervengan terceros en la decisión de la mujer, quitándoles agencia y su derecho a decidir.

El protocolo de aborto terapéutico es su nuevo caballito de batalla, pues lo que se pretenden es que solo en caso de riesgo de la vida se va a proceder a dar información a la gestante y que luego su familia decida.

La propuesta de Arimborgo también viola la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacia la Mujer – Cedaw, que en su articulo 12 establece que los Estados parte deben garantizar el acceso a los servicios de salud para las mujeres sin ningún tipo de discriminación.

“La propuesta del fujimorismo claramente lo que hace es reforzar la discriminación y el impedimento al acceso a los servicios de salud que, en este caso, el acceso al aborto terapéutico, son legales, están dentro del marco de la legalidad. Esta situación sigue sometiendo a las mujeres a la clandestinidad”, sostiene Solís.

Esta propuesta aparece días después de que la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias de las Naciones Unidas, presentara el informe “Enfoque basado en los derechos humanos del maltrato y la violencia contra la mujer en los servicios de salud reproductiva, con especial hincapié en la atención del parto y la violencia obstétrica”, en donde recomienda a los Estados que garanticen el acceso al aborto seguro y legal a las mujeres que lo decidan y necesiten, y ese es un estándar que se debe cumplir por parte del Estado peruano.